¿Quiere conocer en su totalidad al recibo de liquidación?
(Por Asesoría Hipólito, su Asesoría en Sevilla)
El recibo de liquidación es un documento que se encuadra dentro de los pagos de seguros sociales; que permiten hacer frente al pago de una deuda de la empresa. Tras la sustitución de los conocidos modelos en papel, denominados TC1 y TC2, el nuevo sistema de remisión electrónica de datos (Sistema RED) de extensión generalizada, por la aplicación de las nuevas tecnologías en las relaciones con la administración pública, los modelos cuyos datos deben ser remitidos mensualmente son: el Recibo de Liquidación de Cotizaciones y la Relación Nominal de Trabajadores.
A partir del mes de septiembre del 2015 se ha ido implantando paulatinamente el llamado Sistema de Liquidación Directa; mediante este, es la TGSS la que, partiendo de los datos que obran en su poder, remitirá facturación a las empresas cotizantes, y estas previa comprobación y confirmación de los datos, verán cargado en cuenta las liquidaciones que deben abonar. En este artículo, Asesoría Hipólito le trae todos los datos de este documento; para que conozca en profundidad los pagos de las empresas.
Recibo de liquidación de cotizaciones y su facilidad de pago
Con objeto de facilitar el ingreso de las cuotas a los sujetos responsables del mismo, la Tesorería General de la Seguridad Social, desde el 1 de septiembre de 2009, calcula automáticamente, a todas las liquidaciones que no hayan solicitado cargo en cuenta o resulten acreedoras, las cuotas correspondientes; y emite el Recibo de Liquidación de Cotización para su ingreso por la modalidad de pago electrónico. Por todo lo que la tecnología nos ofrece; es interesante analizar el recibo de liquidación de cotizaciones y su facilidad de pago.
Se han sustituido los documentos en papel por la forma telemática; para que pueda efectuarse el pago de los seguros sociales a través del Sistema RED. La Tesorería General de la Seguridad Social, a la recepción del fichero FAN, calcula automáticamente las cuotas correspondientes, a partir de los datos presentados en la relación nominal de trabajadores (TC2); y los obrantes para el Código de Cuenta de Cotización en el Fichero General de Afiliación.
En el supuesto de que el documento de cotización contenga errores o falta de datos que impidan la tramitación de la modalidad de pago electrónico, éstos serán comunicados al usuario en el correspondiente acuse técnico asociado al mensaje de entrada; debiendo proceder a enviar un nuevo TC2 con los datos correctos. Junto con el acuse técnico con el resultado de las validaciones del TC2 se remitirá un acuse provisional con los cálculos realizados. Si existieran diferencias entre el importe calculado por la Tesorería General de la Seguridad Social y el consignado por el usuario en los totalizadores del fichero FAN, se informará de las mismas en el correspondiente acuse técnico; debiendo el usuario realizar una nueva presentación del TC2 con los datos correctos.
Plazos del recibo de liquidación
De no recibirse este nuevo documento correcto, se emitirá en los plazos del Recibo de Liquidación de Cotizaciones, especificado en el mismo, por el importe de las facturas calculado por la Tesorería General de la Seguridad Social. Este Recibo de Liquidación de Cotizaciones podrá hacerse efectivo no sólo a través de ventanilla en la Entidad Financiera sino a través de otros canales de pago como cajeros automáticos, banca telefónica, banca por Internet (según la disponibilidad de las Entidades Financieras). Existe también la posibilidad de solicitar de forma anticipada la recepción del Recibo de Liquidación de Cotizaciones.
Con posterioridad a la emisión del Recibo de Liquidación de Cotizaciones el documento quedará bloqueado. Por este motivo, se aconseja a los usuarios que adelanten la presentación de los documentos de cotización; de tal forma que dispongan de tiempo suficiente para comprobar los errores y corregir los documentos presentados antes de que se generen los Recibos de Liquidación de Cotizaciones. No obstante, existe la posibilidad de desbloquear el documento a través del servicio de Anulación de TC2; siempre dentro del mismo periodo de recaudación. De esta forma, el Recibo de Liquidación de Cotizaciones quedará anulado y podrá realizarse un nuevo envío reemplazando al anterior.
¿Qué son los documentos TC1 y TC2 y cuál su relación con el recibo liquidación?
Los modelos TC1 y TC2 son documentos oficiales relativos a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena que la empresa tiene afiliados. Estos documentos son relativos a pagos de seguros sociales de la empresa; en relación a los trabajadores de la misma y se efectúan con el recibo de liquidación.
El modelo TC1
El modelo TC1 refleja las cuotas que corresponden a la empresa y a los trabajadores. A efectos prácticos, el TC1 se utiliza para liquidar las cuotas del Régimen General de la Seguridad Social; y se cumplimenta a partir de los datos que figuran en el TC2. Salvo que los trabajadores pertenezcan a colectivos de artistas, profesionales taurinos o representantes de comercio; el TC1 servirá a la empresa para pagar las cotizaciones de sus trabajadores. El TC1 también se utiliza como justificante de dicho pago; o en el caso de no hacerse el ingreso, como justificante de su presentación, que es obligatoria.
El modelo TC2
El modelo TC2 representa las relaciones nominales de los trabajadores; y contiene los datos con los que se debe cumplimentar el TC1.
¿Ha entendido bien todo sobre pagos de la Seguridad Social y cómo hacerlos con el recibo de liquidación? Si tiene alguna duda, consulta o comentario no dude en acudir o contactar con Asesoría Hipólito, su asesoría laboral de confianza en Sevilla.
Para más información:
En mi empresa tuve un problema con el plazo de los recibos de liquidación de cotizaciones y en esta asesoría me solucionaron el problema. Es necesario estar bien informado en temas de burocracia.