¿Por qué nace la figura del Operador Económico Autorizado?
(Por Asesoría Hipólito, su Asesoría en Sevilla)
Los riesgos de diferente índole a los que se enfrentan los países de la Unión Europea han obligado a que, además de efectuar los controles aduaneros tradicionales, se incremente el papel de las aduanas en materia de seguridad de la cadena logística internacional. El objetivo de garantizar la seguridad y protección de las fronteras exteriores de la Unión no sólo consiste en luchar contra la amenaza terrorista; sino también colaborar en la lucha contra el crimen organizado y defender a los ciudadanos frente a otros peligros. Por eso nació la figura del Operador Económico Autorizado, para hacer frente a peligros como, en el ámbito de la protección, a los consumidores o el medio ambiente; sin que este incremento de controles aduaneros perjudique al comercio legítimo.
Hoy Asesoría Hipólito le quiere hablar sobre las funciones del Operador Económico Autorizado en las aduanas; acercándole algunas posibles preguntas sobre esta figura aduanera.
¿Qué es un Operador Económico Autorizado?
El Operador Económico Autorizado -OEA- es una figura de vital importancia en el comercio internacional hoy en día; y, en especial, en todo aquello relativo a las aduanas.
El Código Aduanero de la Unión define al operador económico como persona que, en el marco de sus actividades profesionales, efectúa actividades reguladas por la legislación aduanera. Un Operador Económico Autorizado puede ser definido como un operador económico de confianza, cumplidor, fiable para las operaciones aduaneras. Según el tipo de autorización de OEA que ostente, obtendrá ventajas en toda la Unión Europea en materia de simplificaciones aduaneras; y facilidades de seguridad y protección. A estos operadores económicos se les concede una autorización OEA como prueba de que ostentan el estatus de confianza de la Aduana.
¿Dónde se regula la figura del Operador Económico Autorizado?
Las bases del Operador Económico Autorizado se establecen en los siguientes textos legales:
- Reglamento 648/2005, que modifica el Reglamento (CEE) 2913/1992 del Consejo por el que se aprueba el Código Aduanero Comunitario
- El Reglamento 1875/2006
- Reglamento EC 1192/2008 de la Comisión, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2454/93.
¿Quién puede optar a ser Operador Económico Autorizado en España/UE?
Cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida en el territorio aduanero de la Unión Europea; con independencia del tamaño de su negocio, y que esté implicada en la cadena logística internacional, puede solicitar la autorización de Operador Económico Autorizado.
En principio los destinatarios más habituales del estatuto de OEA serían:
- Fabricantes
- Exportadores
- Transportistas
- Transitarios
- Representantes aduaneros
- Depositarios
- Importadores
- Operadores de contenedores
- Consolidadores de cargas
- Estibadores
- Servicios de Línea marítima
- Operadores de terminal
Pero cabe que más figuras de operadores integrantes de la cadena de comercio internacional opten a obtener el estatus OEA.
¿Qué necesita para obtener la acreditación como operador económico autorizado?
Para obtener la certificación de Operador Económico Autorizado, se debe presentar una solicitud a la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria). Será la propia AEAT quien auditará a la empresa solicitante, comprobando el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Solvencia financiera acreditada
- Historial de cumplimiento de la normativa aduanera
- Control riguroso de los procedimientos contables, mercantiles, informáticos y aduaneros
- Niveles de seguridad física en las instalaciones (para certificación de Seguridad)
¿Qué tipos de autorizaciones de Operador Económico Autorizado existen?
Solo existen dos tipos de autorización OEA atendiendo a la exigencia de requisitos y de los beneficios que de ellos se deriven:
- Autorización de Operador Económico Autorizado de Simplificaciones Aduaneras: Tipo C
- Autorización de Operador Económico Autorizado de Seguridad y Protección: Tipo S
Ambas autorizaciones se pueden solicitar, obtener y mantener/disfrutar individualmente.
Cuando un operador solicite a la vez ambos tipos, la Aduana tramitará una autorización OEA combinada tipos C y S. Ésta se tramitará por la Aduana, exclusivamente a efectos informáticos, como una autorización tipo F; si bien jurídicamente el operador económico autorizado dispondrá de dos autorizaciones independientes: una tipo C y otra tipo S.
¿Qué tipo de autorización OEA pedir?
Cualquier operador económico puede pedir cualquiera de los dos tipos de autorización OEA, así como pedir ambos a la vez (combinado C y S). Es decisión del operador económico pedir o el tipo C o el tipo S o pedir a la vez el tipo C y el S, (combinado C y S). Para decidir cualquier el operador hará un análisis de coste de preparar a su empresa para ser OEA, beneficios (directos e indirectos) que obtendrá siendo OEA. La Aduana no puede imponer que el operador solicite una u otra autorización o las dos a la vez, sea cual sea el rol que desempeñe el operador en la cadena de comercio internacional.
¿Qué ventajas tiene ser Operador Económico Autorizado?
Las ventajas derivadas de la certificación de Operador Económico Autorizado dependen tanto del tipo que se haya obtenido (simplificaciones aduaneras, seguridad o ambas); como del tipo de empresa (exportadora, importadora, naviera, agente de aduanas, etc.). En general, una empresa OEA tendrá un acceso más fácil, simple y directo a la Administración aduanera. En particular, se podrá beneficiar de:
- Menor número de controles físicos y documentales: se reduce el número de despachos en circuito rojo (inspección física) y circuito naranja (control documental).
- Prioridad en los controles físicos y documentales: siendo el agente de aduanas o el importador OEA, cuando hay control éste es más rápido.
- Despacho nacional centralizado: los agentes de aduanas pueden despachar mercancía que entra por cualquier puerto, realizando todas las gestiones documentales en otra aduana.
- Facilidades para acogerse a procedimientos aduaneros simplificados: es posible, en base a la certificación OEA, acogerse a ciertos procedimientos aduaneros simplificados que reportan interesantes ventajas a los operadores (principalmente empresas exportadoras e importadoras).
En ocasiones, los operadores económicos autorizados pueden solicitar otras ventajas no contempladas de forma explícita en la legislación vigente; pero que el Departamento de Aduanas podrá, bajo su discreción, otorgar.
Desde Asesoría Hipólito aconsejamos encarecidamente -dependiendo del tamaño y tipo de operaciones que realice- a que se acredite como Operador Económico Autorizado si cumple los requisitos previamente mencionados. Déjelo en nuestras manos si es lo que desea. No le defraudaremos.
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