¿Qué es un emprendedor de responsabilidad limitada?
(Por Asesoría Hipólito, su Asesoría en Sevilla)
El emprendedor de responsabilidad limitada es un autónomo que no tiene que responder a sus deudas con su patrimonio personal. El nuevo emprendedor puede acogerse a esta responsabilidad limitada, pero para ello deberá cumplir determinadas obligaciones. Todas las condiciones que debe cumplir el autónomo quedan recogidas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internalización; conocida como Ley de Emprendedores.
Esta ley implementa novedades a fin de que aumente el número de emprendedores gracias a las medidas preventivas que expone para evitar que el nuevo autónomo deba responder con sus bienes a los resultados de su actividad. El emprendedor de responsabilidad limitada puede realizar su actividad económica o profesional de forma personal; directa, por cuenta propia o ajena. En Asesoría Hipólito hablamos hoy de esta nueva forma de emprendimiento que ha surgido tras la aprobación de la Ley de Emprendedores.
¿Qué requisitos y trámites debe cumplir un emprendedor de responsabilidad limitada?
Un emprendedor de responsabilidad limitada es cualquier persona física que se acoja a esta figura de forma voluntaria y que cumpla unos requisitos y trámites principales:
- Que la vivienda habitual que se excluya en esta responsabilidad limitada no esté relacionada en las cuentas anuales de la actividad empresarial o profesional del autónomo.
- Que el valor de dicha vivienda no supere los 300.000 euros.
- Que el emprendedor indique en el Registro Mercantil el bien inmueble, propio o común; que quiere desvincular de las obligaciones empresariales o profesionales.
- Que esta no sujeción se inscriba de igual modo en el Registro de la Propiedad.
En cualquier caso, el autónomo que quiera registrarse como emprendedor de responsabilidad limitada debe ser mayor de edad y tener disponibilidad plena de sus bienes. En caso de los menores de edad o los discapacitados; se podrá continuar con el negocio emprendido por sus padres a través de sus tutores.
¿Qué obligaciones tiene el emprendedor de responsabilidad limitada?
Entre las obligaciones que tiene el emprendedor de responsabilidad limitada se encuentran:
- La constatación por parte del emprendedor en toda su documentación de su condición de emprendedor de responsabilidad limitada. Se deben expresar todos los datos de registro con la adición a nombre; apellidos y datos de identificación fiscal de las siglas distintivas ERL.
- El nuevo autónomo deberá formular y someter a auditoría las cuentas anuales que correspondan a su actividad profesional o empresarial. Estas auditorías se depositarán posteriormente en el Registro Mercantil en un plazo de siete meses tras el cierre del ejercicio. En caso de la no entrega, el emprendedor perdería su condición de responsabilidad limitada.
- En cualquier caso, podrá recuperar dicha condición tras la presentación de la auditoría. No obstante, si el emprendedor realiza la tributación mediante el régimen de estimación objetiva; podrá presentar un modelo estandarizado con propósito fiscal y mercantil.
¿Qué bienes quedan protegidos por la responsabilidad limitada?
La responsabilidad limitada protege determinados bienes del emprendedor, como es la vivienda habitual. Se presumen relacionados con la actividad empresarial o profesional; todos aquellos bienes que estén recogidos en el Libro de Inventario o en las Cuentas Anuales.
Los bienes podrían ser embargados en caso de que los acreedores presten su consentimiento de forma expresa para todas aquellas deudas que se hayan contraído antes de inscribirse en el Registro Mercantil.
Quedan excluidas de la responsabilidad limitada las deudas de derecho público. De ejecutar esas deudas, la normativa dice que será la Administración Pública quien efectúe las actuaciones de cobro. Asimismo, si dentro de los bienes embargados se encuentra la vivienda habitual del deudor; sólo se podrá embargar en caso de que no se conozcan otros bienes de valor similar o cuando entre la notificación y la ejecución del embargo haya un plazo de dos años.
En cualquier caso, en Asesoría Hipólito aconsejamos tener un buen servicio de asesoramiento para valorar los pros y contras de acogerse a la modalidad de emprendedor de responsabilidad limitada.
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